En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus COVID-19. Solo se puede ingresar a la Provincia de Corrientes previa solicitud de permiso (único e intransferible). Una vez obtenido el permiso, el mismo reviste carácter de declaración jurada.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 .
Decreto provincial 935 / 2020 de testeo obligatorio. Declaro bajo juramento que los datos consignados en este formulario son veraces, reales y completos sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad. Al solicitar este permiso, usted se somete a las consecuencias legales que deriven de potenciales contagios producidos por la negligencia de incumplir la ruta aquí declarada.